Aunque el seguro de hogar no es obligatorio, ni tan siquiera en una casa de alquiler, tanto propietario (arrendador) como inquilino (arrendatario), deben tener su propio seguro de hogar y que, además en gran medida dependerá de si los muebles en la casa de alquiler son del propietario o del inquilino. En este artículo, os lo contamos en profundidad.
¿A quién perteneces los muebles en la casa de alquiler?
Esta es la gran pregunta que debemos hacernos, si los muebles pertenecen al propietario o al inquilino. Si dependen a uno o al otro, será el dueño de los muebles
La casa se alquila amueblada
En este caso, los muebles pertenecen al propietario y lo normal es que este contrate un seguro de hogar que cubra tanto continente como contenido. Dentro del contenido y a la hora de calcular la suma asegurada en concepto de contenido, incluirá el valor de esos muebles. Para ello, es recomendable contratar un seguro para propietarios.
La casa se alquila sin muebles
El propietario alquila la casa sin muebles, de manera que es el inquilino quien tiene que comprarlos. En ese caso, los muebles son del inquilino y es muy recomendable que contrate un seguro para cubrir el contenido, en concreto sus muebles y bienes personales. Por eso existen seguros específicos para inquilinos.
De todos modos, hay que tener en cuenta dos consideraciones más:
1. Aunque la casa se alquile sin muebles, la cocina suele estar amueblada
En este caso, aunque los muebles en la casa de alquiler sean del inquilino, los muebles de la cocina son del propietario y este deberá contratar una póliza que incluya en el contenido el valor de los muebles de la cocina, electrodomésticos u otros muebles de baño o similares que pudiesen estar en la casa.
2. En cualquier caso, el inquilino siempre tendrá objetos personales
Aunque los muebles en la casa de alquiler sean del propietario; es decir, que la casa se alquile amueblada, el inquilino tendrá en la casa muchos bienes personales (ropa, objetos etc.). Aunque el propietario tenga un seguro de hogar que cubra el contenido de la casa, esta póliza va a cubrir los bienes del propietario (los muebles) pero no los objetos personales del inquilino, por lo que este debería suscribir su propia póliza.
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