Un seguro multirriesgo es una póliza de daños que reúne en un solo contrato varias coberturas sobre un mismo inmueble y lo que hay dentro: incendio, daños por agua, robo, fenómenos atmosféricos, daños eléctricos y responsabilidad civil, entre otras. Existen cuatro grandes tipos: de hogar, de comercio u oficina, de comunidad de propietarios e industrial.
Si buscas proteger tu casa, el producto que corresponde es el seguro de hogar, que en realidad es un multirriesgo del hogar. Si tienes un local, una oficina o un taller, el punto de partida es el seguro para oficinas, comercios y locales.
¿Qué es exactamente un seguro multirriesgo?
Es un contrato que asegura un bien concreto (una vivienda, un local, un edificio o una nave) frente a muchos riesgos a la vez, en lugar de contratar un seguro distinto para cada uno. La póliza distingue dos partes:
- Continente: la construcción y sus instalaciones fijas (paredes, suelos, tuberías, instalación eléctrica).
- Contenido: lo que hay dentro y se puede mover (muebles, enseres, maquinaria, mercancía).
Puedes ver con detalle qué entra en cada parte en nuestra guía de continente y contenido.
No hay que confundirlo con los llamados seguros multi o packs, que agrupan productos distintos (hogar, coche, salud) bajo una misma gestión. El multirriesgo es un único seguro de daños sobre un único bien; el pack es una forma de juntar varios seguros diferentes.
Datos clave
- 7 días como máximo para comunicar un siniestro a la aseguradora desde que lo conoces, salvo que la póliza fije un plazo más amplio (art. 16 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro).
- Infraseguro: si la suma asegurada es inferior al valor real del bien, la aseguradora indemniza el daño en la misma proporción (art. 30 de la Ley de Contrato de Seguro).
- 1 mes de preaviso por escrito si eres tú quien no quiere renovar, y 2 meses si es la aseguradora (art. 22 de la Ley de Contrato de Seguro).
- 7 % de franquicia sobre los daños cuando el Consorcio de Compensación de Seguros indemniza daños extraordinarios en bienes de negocios e industrias; no hay franquicia para viviendas, comunidades de propietarios de viviendas ni vehículos asegurados (Orden ECC/2845/2015, BOE).
¿Qué cubre un seguro multirriesgo?
Cubre los daños materiales que sufre el bien asegurado por las causas que figuran en la póliza y, casi siempre, la responsabilidad civil por los daños que el inmueble o su actividad causen a otras personas. El detalle depende de la aseguradora, pero la estructura habitual es esta:
| Cobertura | Qué protege | Dónde suele aparecer |
|---|---|---|
| Incendio, explosión y caída de rayo | Daños por fuego, humo y explosión en continente y contenido | Básica en todos los tipos |
| Daños por agua | Escapes y roturas de tuberías, y la localización y reparación de la avería | Básica en todos los tipos |
| Fenómenos atmosféricos | Lluvia, viento, granizo o nieve por encima de los umbrales que fija la póliza | Básica en todos los tipos |
| Robo y vandalismo | Sustracción con fuerza o violencia y daños causados al entrar | Hogar, comercio e industria |
| Daños eléctricos | Instalación y aparatos dañados por subidas de tensión o cortocircuito | Muy habitual |
| Responsabilidad civil | Daños a terceros causados por el inmueble o por la actividad | Todos; en negocios, RC de explotación |
| Rotura de cristales y sanitarios | Lunas, escaparates, espejos y loza | Opcional o incluida según modalidad |
| Pérdida de beneficios | Ingresos que deja de ganar un negocio cerrado por un siniestro cubierto | Comercio, oficina e industria |
| Defensa jurídica y asistencia | Abogado, reclamaciones y reparaciones urgentes | Opcional o incluida según modalidad |
Si tienes un negocio, la pérdida de beneficios es la cobertura que más diferencia marca después de un siniestro grave, porque los gastos fijos siguen llegando aunque el local esté cerrado.
¿Qué no cubre un seguro multirriesgo?
No cubre el desgaste, las averías por falta de mantenimiento, los daños intencionados del propio asegurado ni los bienes que no se han declarado o que superan los límites fijados en la póliza. Las más frecuentes:
- Humedades y filtraciones lentas por falta de conservación, frente al escape accidental y repentino, que sí suele estar cubierto.
- Objetos de valor o dinero en efectivo por encima del sublímite pactado.
- Daños por inundación, terremoto o tempestad ciclónica atípica, que son riesgos extraordinarios y los paga el Consorcio de Compensación de Seguros, no tu aseguradora, siempre que tengas la póliza en vigor.
- Actividades no declaradas en la póliza.
En nuestra guía sobre exclusiones del seguro verás cómo localizarlas en las condiciones generales antes de firmar.
¿Qué tipos de seguro multirriesgo existen?
Los cuatro tipos principales se diferencian por el bien que aseguran y por las coberturas propias de cada uno:
| Tipo | Qué asegura | Coberturas propias | Quién lo contrata |
|---|---|---|---|
| Hogar | Vivienda y enseres | RC familiar, asistencia en el hogar, objetos de valor | Propietario o inquilino |
| Comercio, oficina y taller | Local, mobiliario, maquinaria y mercancía | RC de explotación, pérdida de beneficios, rotura de escaparates | Autónomos y pymes |
| Comunidad de propietarios | Edificio y elementos comunes | RC de la comunidad, daños por agua en bajantes, defensa jurídica | La comunidad, a través del presidente o el administrador |
| Industrial | Naves, maquinaria y existencias | Avería de maquinaria, pérdida de beneficios, mercancías en tránsito | Fábricas y empresas con instalaciones |
Multirriesgo del hogar
Es el que casi todo el mundo llama «seguro de hogar». El propietario asegura continente y contenido; el inquilino, normalmente su contenido y su responsabilidad civil. Coberturas y exclusiones del producto, en nuestra página de seguro de hogar.
Multirriesgo de comercio, oficina o taller
Protege el local y la actividad que se desarrolla en él. Lo decisivo es declarar bien la actividad, el valor de la mercancía y de la maquinaria, y añadir la responsabilidad civil de explotación. Lo explicamos a fondo en seguro multirriesgo para empresas y, para despachos, en seguros para oficina. Si ya tienes la póliza, en los trámites del multirriesgo para oficinas, talleres y comercios tienes cómo actualizar capitales o cambiar de local.
Multirriesgo de comunidad de propietarios
Asegura el edificio y sus elementos comunes (fachada, cubierta, portal, ascensores, bajantes) y la responsabilidad civil de la comunidad. Lo de dentro de cada vivienda lo cubre el seguro de hogar de su propietario. Si te preguntas si la comunidad puede pagarlo con sus ahorros, lo tratamos en nuestro artículo sobre el fondo de reserva de la comunidad.
Multirriesgo industrial
Está pensado para naves con maquinaria y existencias de valor, y suele añadir avería de maquinaria y pérdida de beneficios. Las condiciones se estudian a medida, a menudo con inspección previa del riesgo.
¿Cuánto capital hay que asegurar en un multirriesgo?
Hay que asegurar el valor real de lo que se perdería: el coste de reconstruir el continente (no el precio de mercado del inmueble) y el valor de reposición del contenido. Si te quedas corto, la ley permite a la aseguradora aplicar la regla proporcional.
Ejemplo: un comercio tiene mercancía y mobiliario por valor de 60.000 € pero los asegura por 40.000 €. Sufre un incendio con daños de 15.000 €. Como solo cubre dos tercios del valor real, la aseguradora pagaría 10.000 € y los 5.000 € restantes saldrían del bolsillo del dueño.
Una alternativa para ciertos bienes es contratarlos a primer riesgo: se fija un importe máximo y, hasta ese límite, no se aplica la regla proporcional.
¿Qué errores son los más frecuentes al contratar un multirriesgo?
El más caro es asegurar por menos de lo que vale el bien. Otros habituales:
- No actualizar los capitales tras una reforma, una compra de maquinaria o un aumento de stock.
- Declarar una actividad distinta de la real para pagar menos prima.
- Duplicar coberturas entre el seguro de la comunidad y el de cada vivienda, o dejar huecos entre ellos.
- Mirar solo el precio y no los sublímites ni las franquicias.
- Reparar antes de que lo vea el perito.
¿Qué multirriesgo te conviene según tu caso?
Depende de qué es tuyo y de dónde está el riesgo. Este es nuestro criterio como corredores:
- Eres propietario de una vivienda: multirriesgo del hogar con continente al coste de reconstrucción y contenido a valor de reposición.
- Vives de alquiler: multirriesgo del hogar solo de contenido con responsabilidad civil; el continente lo asegura el propietario.
- Tienes un local, oficina o taller: multirriesgo de comercio con RC de explotación y, si la facturación depende del local, pérdida de beneficios.
- Eres presidente o administrador de una comunidad: multirriesgo de comunidad, revisando que la suma asegurada se corresponda con el coste de reconstruir el edificio.
- Tienes una nave con maquinaria: multirriesgo industrial a medida, con avería de maquinaria.
¿Cómo contratar un seguro multirriesgo con Inxur?
Inxur es la web de seguros de Plug Brokers SL, correduría de seguros inscrita en la DGSFP con la clave J3114. Como corredores comparamos condiciones de varias aseguradoras y te ayudamos a fijar bien los capitales. Para tu vivienda, empieza por el seguro de hogar; para tu negocio, por el seguro de oficinas, comercios y locales. Si lo prefieres, llámanos al 911 982 330, escríbenos por WhatsApp al 660 839 546 o envíanos un email a clientes@inxur.com. Atendemos de lunes a viernes laborables de 9.30 a 18.30 horas.
Preguntas frecuentes sobre el seguro multirriesgo
¿Es obligatorio tener un seguro multirriesgo?
Para un particular no es obligatorio con carácter general. Lo habitual es que lo exija un contrato: el banco suele pedir el seguro de daños de la vivienda al firmar la hipoteca y muchos arrendadores de locales piden al inquilino un multirriesgo con responsabilidad civil. Algunas actividades tienen además seguros de responsabilidad civil obligatorios por su normativa sectorial.
¿Qué diferencia hay entre un seguro multirriesgo y un seguro de hogar?
Ninguna de fondo: el seguro de hogar es el multirriesgo que se aplica a viviendas. «Multirriesgo» es el término genérico para cualquier póliza que cubre muchos riesgos sobre un mismo bien, sea una casa, un local, un edificio o una nave.
¿Cubre el seguro multirriesgo una inundación?
Las inundaciones extraordinarias no las paga tu aseguradora sino el Consorcio de Compensación de Seguros, siempre que tengas un multirriesgo en vigor. En locales, oficinas y naves se aplica una franquicia del 7 % de los daños; en viviendas y en comunidades de propietarios de viviendas no hay franquicia.
¿Cuánto tiempo tengo para dar parte de un siniestro?
La Ley de Contrato de Seguro fija un máximo de siete días desde que conoces el siniestro, salvo que tu póliza te dé más plazo. Comunícalo cuanto antes, haz fotos de los daños y guarda las piezas dañadas hasta que pase el perito.
Fuentes
- Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (BOE, texto consolidado): arts. 16, 22 y 30. Consultado en noviembre de 2026.
- Orden ECC/2845/2015, de 23 de diciembre, por la que se regula la franquicia a aplicar por el Consorcio de Compensación de Seguros (BOE). Consultado en noviembre de 2026.