La gran invalidez representa el grado más severo de incapacidad laboral reconocido por la Seguridad Social en España. Se refiere a la situación en la que una persona, debido a pérdidas anatómicas o funcionales, no solo está incapacitada de manera permanente y absoluta para cualquier actividad profesional, sino que también requiere la asistencia constante de otra persona para llevar a cabo las actividades más esenciales de la vida diaria, como vestirse, desplazarse o alimentarse.
Características principales
- Incapacidad Total para el Trabajo: La persona no puede desempeñar ninguna actividad laboral debido a sus limitaciones físicas o mentales.
- Dependencia de Terceros: Necesita ayuda continua de otra persona para realizar las tareas básicas de la vida diaria.
- Reconocimiento Oficial: La gran invalidez es reconocida y regulada por la Seguridad Social, otorgando derecho a prestaciones económicas específicas.
Causas comunes
Las causas que pueden llevar al reconocimiento de la gran invalidez incluyen:
- Accidentes Graves: Lesiones severas que resultan en tetraplejia o paraplejia, donde la persona pierde la movilidad de gran parte de su cuerpo.
- Enfermedades Degenerativas: Afecciones como la esclerosis múltiple o el Parkinson en etapas avanzadas, que deterioran progresivamente las funciones motoras y cognitivas.
- Trastornos Neurológicos: Enfermedades como el Alzheimer en fases avanzadas, que afectan gravemente la autonomía del individuo.
- Otras Enfermedades Crónicas: Afecciones como la ELA (Esclerosis Lateral Amiotrófica) o enfermedades cardíacas severas que limitan significativamente la capacidad funcional.
Requisitos para el reconocimiento
Para que la Seguridad Social reconozca la gran invalidez, es necesario cumplir con ciertos requisitos:
- Afiliación y Alta en la Seguridad Social: Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en el momento de la solicitud.
- Edad: No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación en el momento de la solicitud.
- Período de Cotización: Dependiendo de la causa de la incapacidad:
- Enfermedad Común: Se requiere un período mínimo de cotización que varía según la edad del solicitante.
- Accidente (Laboral o No) o Enfermedad Profesional: No se exige un período mínimo de cotización.
El reconocimiento de la gran invalidez otorga derecho a una pensión equivalente al 100% de la base reguladora, incrementada con un complemento destinado a remunerar a la persona que asiste al beneficiario. Este complemento se calcula sumando el 45% de la base mínima de cotización del régimen general y el 30% de la última base de cotización del trabajador.
Procedimiento
- Reunir la Documentación Necesaria: Incluye informes médicos detallados, historial laboral y cualquier otro documento que avale la situación de incapacidad y dependencia.
- Presentar la Solicitud: A través de los canales establecidos por la Seguridad Social, ya sea de manera presencial o telemática.
- Evaluación por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI): Este equipo analizará la documentación y podrá requerir evaluaciones adicionales para emitir un dictamen.
- Resolución: La Seguridad Social emitirá una resolución reconociendo o denegando la gran invalidez. En caso de denegación, es posible interponer las reclamaciones pertinentes.
La gran invalidez es una situación que implica una pérdida total de la capacidad laboral y una dependencia significativa de terceros para las actividades básicas diarias. El reconocimiento de este estado por parte de la Seguridad Social es fundamental para garantizar el acceso a las prestaciones económicas necesarias que permitan al afectado mantener una calidad de vida digna y cubrir los gastos derivados de su condición.
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