Defensa jurídica y reclamación
La cobertura de defensa jurídica y reclamación se hace cargo de los gastos de abogado y procurador para defenderte o reclamar tus intereses
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Senassur, compañía especialista en seguros de moto de agua
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Broker autorizado por DGSFP
¡Disfrutar de las motos de agua es una experiencia única!
Un deporte divertido y seguro, y en algunos casos, puedes hasta disfrutarlas con tus amigos.
Si tienes un jet-ski o moto de agua, sea Kawasaki, Bombardier, Yamaha o Seadoo, puedes asegurarla con inXur.com.
Para cubrir tu patrimonio en caso de generar daños a otras personas o cosas.
Sirve para cubrir la responsabilidad civil que puedas tener en un accidente marítimo, como una colisión con otro vehículo, o daños a una persona, como por ejemplo un bañista.
Incluye reclamación de daños y defensa jurídica si necesitas abogado por un accidente.
Además puedes incluir un seguro de accidentes que te cubre 1.500 euros en gastos médicos y una indemnización por fallecimiento de 12.000€.
Para los propietarios de motos acuáticas, tanto particulares como profesionales (alquiler)
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La cobertura de defensa jurídica y reclamación se hace cargo de los gastos de abogado y procurador para defenderte o reclamar tus intereses
El seguro de Responsabilidad Civil para motos de agua es obligatorio al igual que con los vehículos terrestres, aunque no la uses.
La propia aseguradora, no inXur.com, cobrará en tu cuenta bancaria el importe del recibo por domiciliación al cabo de pocos días. Así de fácil, no tienes que hacer nada.
Sí, no tienes que hacer nada. La compañía cobrará la siguiente anualidad por domiciliación bancaria a no ser que le indiques lo contrario.
Si deseas cancelar el seguro contacta con nosotros y te lo gestionamos. Es necesario notificarlo con un mes de antelación: dínoslo y lo tramitamos.
Contacta con nosotros y estudiamos tu caso. Ten en cuenta que las motos de alquiler, además de la responsabilidad civil, deben tener un seguro de accidentes (artículo 3.3 del Real Decreto 259/2002).
Sí, el propietario de la moto puede autorizar a otro conductor. También puede contratar el seguro una persona que no sea el propietario de la moto.
Para ello nos lo deberá notificar previamente (antes de dejar la moto).
Recuerda que quien la lleve debe tener un título o una licencia que habilite para gobernar motos náuticas.
Es muy fácil. Llámanos y resolvemos tus dudas; después hacemos la petición a la aseguradora.
Recibirás tu póliza por correo electrónico y estarás asegurado desde la fecha de efecto que figure en ella.
Sí, sin problemas. Para ello, el propietario de la moto tendrá que autorizarte previamente. No te preocupes, te pediremos ese documento al emitir la póliza.
Un título náutico o la licencia de navegación. No sirve ningún carnet de conducir de vehículos de carretera. En la siguiente pregunta tienes cuáles valen y con qué límites.
Para gobernar una moto náutica hay que tener 18 años; desde los 16 se puede con consentimiento de padres o tutores (artículo 4 del Real Decreto 259/2002), y desde esa edad se pueden obtener la licencia y el PNB (artículo 13 del Real Decreto 875/2014).
Lleva contigo el título o la licencia que te habilita, la documentación de matrícula y registro de la moto y el justificante del seguro obligatorio en vigor. La moto tiene que estar matriculada, registrada y asegurada (artículo 3 del Real Decreto 259/2002). Si el piloto tiene 16 o 17 años, también el consentimiento escrito de sus padres o tutores y copia de su DNI (artículo 4 del Real Decreto 259/2002).
Conductor y pasajeros deben llevar puesto un chaleco salvavidas homologado o con marcado CE, de al menos 100 N de flotabilidad y con silbato (artículo 9.1 del Real Decreto 259/2002).
La propia aseguradora, no inXur.com, cobrará en tu cuenta bancaria el importe del recibo por domiciliación al cabo de pocos días. Así de fácil, no tienes que hacer nada.
Sí, no tienes que hacer nada. La compañía cobrará la siguiente anualidad por domiciliación bancaria a no ser que le indiques lo contrario.
Si deseas cancelar el seguro contacta con nosotros y te lo gestionamos. Es necesario notificarlo con un mes de antelación: dínoslo y lo tramitamos.
Contacta con nosotros y estudiamos tu caso. Ten en cuenta que las motos de alquiler, además de la responsabilidad civil, deben tener un seguro de accidentes (artículo 3.3 del Real Decreto 259/2002).
Sí, el propietario de la moto puede autorizar a otro conductor. También puede contratar el seguro una persona que no sea el propietario de la moto.
Para ello nos lo deberá notificar previamente (antes de dejar la moto).
Recuerda que quien la lleve debe tener un título o una licencia que habilite para gobernar motos náuticas.
Es muy fácil. Llámanos y resolvemos tus dudas; después hacemos la petición a la aseguradora.
Recibirás tu póliza por correo electrónico y estarás asegurado desde la fecha de efecto que figure en ella.
Sí, sin problemas. Para ello, el propietario de la moto tendrá que autorizarte previamente. No te preocupes, te pediremos ese documento al emitir la póliza.
Un título náutico o la licencia de navegación. No sirve ningún carnet de conducir de vehículos de carretera. En la siguiente pregunta tienes cuáles valen y con qué límites.
Para gobernar una moto náutica hay que tener 18 años; desde los 16 se puede con consentimiento de padres o tutores (artículo 4 del Real Decreto 259/2002), y desde esa edad se pueden obtener la licencia y el PNB (artículo 13 del Real Decreto 875/2014).
Lleva contigo el título o la licencia que te habilita, la documentación de matrícula y registro de la moto y el justificante del seguro obligatorio en vigor. La moto tiene que estar matriculada, registrada y asegurada (artículo 3 del Real Decreto 259/2002). Si el piloto tiene 16 o 17 años, también el consentimiento escrito de sus padres o tutores y copia de su DNI (artículo 4 del Real Decreto 259/2002).
Conductor y pasajeros deben llevar puesto un chaleco salvavidas homologado o con marcado CE, de al menos 100 N de flotabilidad y con silbato (artículo 9.1 del Real Decreto 259/2002).
Tu guía de los seguros te ha preparado un espacio para que puedas resolver cualquier duda que tengas, y si no encuentras la respuesta estaremos encantados de resolverla. ¡¡Pregúntanos!!
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