Para instalar un punto de recarga en casa necesitas una plaza de aparcamiento propia o con derecho de uso, una empresa instaladora que prepare la documentación técnica y elegir el esquema eléctrico adecuado. En una vivienda unifamiliar basta con un circuito exclusivo para la recarga; en un garaje comunitario, si el punto es de uso privado y está en tu plaza individual, basta con comunicarlo antes a la comunidad.
Aquí te explicamos qué incluye la instalación, qué dice la norma técnica (la ITC-BT-52 del Reglamento electrotécnico para baja tensión), de qué depende el presupuesto y cómo proteger el cargador una vez instalado.
¿Qué incluye la instalación de un punto de recarga?
Un presupuesto de instalación suele recoger estas partidas:
- El punto de recarga (cargador o wallbox): el equipo que se fija a la pared y al que conectas el coche o la moto.
- La línea eléctrica: cableado, tubo o canalización desde el cuadro o el contador hasta la plaza.
- Las protecciones eléctricas: los interruptores automáticos y diferenciales que protegen el circuito de recarga.
- La obra, si hace falta: rozas, perforaciones o canalizaciones por zonas comunes.
- La documentación técnica y la legalización de la instalación.
¿Qué dice la normativa?
La infraestructura de recarga está regulada por la ITC-BT-52, aprobada por el Real Decreto 1053/2014, que forma parte del Reglamento electrotécnico para baja tensión. Se aplica a las instalaciones de recarga en lugares públicos o privados, sea cual sea su titular.
En una vivienda unifamiliar
La norma prevé un circuito exclusivo para la recarga del vehículo eléctrico (el circuito C13, esquema 4a), que sale del cuadro de la vivienda.
En un garaje comunitario
La ITC-BT-52 admite varios esquemas de conexión, que pueden combinarse en un mismo edificio:
| Esquema | Cómo funciona |
|---|---|
| 1. Colectivo o troncal | Un contador principal en el origen de la instalación alimenta varias estaciones de recarga. |
| 2. Individual con contador común | El mismo contador mide el consumo de tu vivienda y el de tu punto de recarga. |
| 3. Individual por estación | Cada punto de recarga tiene su propio contador. |
| 4. Circuito adicional | Uno o varios circuitos adicionales dedicados a la recarga. |
La empresa instaladora estudiará la distancia entre tu plaza y la centralización de contadores, la potencia disponible y el espacio en la centralización, y te propondrá el esquema que encaje. Antes de la obra se prepara la documentación técnica (memoria técnica de diseño o proyecto, según el caso) que indica el esquema elegido.
En un edificio en régimen de propiedad horizontal, si el punto de recarga es para uso privado y está en una plaza individual, solo necesitas comunicarlo previamente a la comunidad, y el coste de la instalación y la electricidad que consumas corren de tu cuenta (art. 17.5 de la Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal). Lo explicamos paso a paso en cómo instalar un punto de recarga en un garaje comunitario.
¿De qué depende el precio de la instalación?
No hay un precio único: cada instalación se presupuesta. Lo que más pesa es:
- La distancia entre el contador o el cuadro y la plaza: más metros de cable y canalización encarecen la obra.
- El modelo de cargador: los hay con funciones y potencias muy distintas.
- El esquema elegido: un contador nuevo o un circuito desde tu vivienda no cuestan lo mismo.
- La potencia de recarga que quieras y la que tengas contratada.
- El número de puntos que instales.
Pide al menos dos presupuestos desglosados por estas partidas, para poder compararlos de verdad. Si aún dudas de si te compensa, repasa las ventajas de instalar un punto de recarga.
Paso a paso para instalar un punto de recarga
- Comprueba que tienes una plaza propia o con derecho de uso donde instalarlo.
- Si es un garaje comunitario, comunícalo a la comunidad antes de empezar.
- Pide presupuestos a empresas instaladoras y compara el esquema, el cargador y las partidas de obra.
- La instaladora prepara la documentación técnica y ejecuta la instalación.
- Conserva la documentación de la instalación y la factura del cargador: te las pueden pedir más adelante, por ejemplo al asegurar el cargador.
Cómo proteger el punto de recarga una vez instalado
Un cargador puede sufrir daños por un golpe accidental, un acto vandálico o un robo del cable o del propio equipo. El seguro de punto de recarga cubre esos daños; en esa página tienes el detalle de coberturas y puedes contratarlo online, desde 59,95 € al año con un límite de 1.000 €. No incluye la responsabilidad civil si el cargador causa daños a terceros.
Si el cargador está en un garaje comunitario, revisa también si el seguro de la comunidad incluye el equipo que has instalado tú en tu plaza o solo los elementos comunes.
Preguntas frecuentes
¿Necesito permiso de la comunidad para instalar un punto de recarga?
No necesitas su autorización si es para uso privado y está en tu plaza individual: la ley solo exige comunicárselo antes. La instalación y el consumo los pagas tú.
¿Puedo conectar el punto de recarga a mi contador de casa?
Sí, es uno de los esquemas que admite la ITC-BT-52 (individual con contador común). Que sea viable depende de la distancia hasta tu plaza y de la potencia disponible; lo valorará la empresa instaladora.
¿Qué pasa si el garaje no está en mi edificio?
No podrás usar el contador de tu vivienda (esquema 2). Las opciones que admite la ITC-BT-52 son un contador propio para la plaza (esquema 3) o la instalación colectiva del aparcamiento (esquema 1); la instaladora te dirá cuál es posible.
Si tienes dudas, llámanos al 911 982 330 de lunes a viernes de 9:30 a 18:30, escríbenos por WhatsApp al 660 839 546 o por correo a clientes@inxur.com. Inxur es una marca de Plug Brokers SL, correduría de seguros inscrita en la DGSFP con la clave J3114.
Fuentes
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba la ITC-BT-52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos». Consultado en octubre de 2026.
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal (texto consolidado), art. 17.5. Consultado en octubre de 2026.