El seguro de moto de agua es obligatorio
El texto del Real Decreto 259/2002 lo deja bien claro: es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que se puedan causar con la moto de agua a terceros.
Este seguro de RC a terceros cubre dos tipos de daños:
1. Daños materiales
Son los daños causados a las cosas. Por ejemplo, si golpeas con la moto de agua a otra moto y le causas daños.
El límite del seguro de motos de agua para daños materiales es de 96.161,94 por siniestro, según marca la ley.
2. Daños personales
Son los daños causados directamente a las personas. Si mientras estás con la moto de agua golpeas a un bañista, por ejemplo.
En este caso, la ley también marca los importes de indemnización: un límite por víctima de 120.202,42 euros y un máximo por siniestro de 240.404,84 euros en daños personales o corporales.
El seguro para tu moto de agua al mejor precio
Multa por no tener seguro de agua
Si no tienes seguro de moto de agua para tu moto acuática, se trata de una infracción grave. La sanción que corresponde a este tipo de infracción es una multa hasta 20.000€.
Si lo necesitas, contáctanos
En inXur te explicaremos todo lo relativo a tu póliza y tu prima, para que tengas toda la información y puedas tomar siempre la mejor decisión que se adapte a tus necesidades y las de tu bolsillo.
Recuerda que, si lo prefieres, también puedes contactar con nosotros por teléfono llamándonos al 911982330, enviándonos un whatsapp al 660839546 o mandando un email a clientes@inxur.com.
Nuestro horario de atención es de lunes a viernes laborables de 9.30 a 18.30 horas. Si nos contactas fuera de este horario, gestionaremos tu solicitud a la mayor brevedad posible el siguiente día laborable.