El seguro de indemnización diaria por hospitalización paga una cantidad fija por cada día que pasas ingresado en un hospital a consecuencia de un accidente. No paga la factura médica: es dinero para ti. Lo que cobras depende del importe diario contratado, de los días de ingreso y del día a partir del cual paga la póliza según el tipo de accidente.
¿Cómo funciona el seguro de indemnización diaria por hospitalización?
Funciona en tres pasos: un accidente, un ingreso hospitalario y un pago por cada día ingresado que entra en la cobertura.
- Accidente. El ingreso tiene que deberse a un accidente: de tráfico, en circuito o de otro tipo. Un ingreso por enfermedad no da derecho a esta indemnización.
- Ingreso hospitalario. Cuentan los días de ingreso, no la atención en urgencias: si te atienden y te mandan a casa, no hay días de hospitalización que indemnizar.
- Pago por día. La aseguradora paga el importe diario contratado por cada día de ingreso cubierto, desde el día que corresponda según el tipo de accidente y hasta el máximo anual de días de la póliza.
¿Desde qué día se cobra la indemnización?
Desde el primer día si el accidente es de tráfico; en los demás casos, a partir del día que marque la opción contratada. En el seguro de indemnización por hospitalización de inXur funciona así:
| Origen del ingreso | Desde qué día de ingreso se cobra |
|---|---|
| Accidente de tráfico | Desde el día 1, en todas las opciones |
| Accidente en circuito | A partir del día 15, en todas las opciones |
| Otros accidentes | A partir del día 7 o del día 15, según la opción contratada |
El máximo indemnizable es de 30 días al año. Los días anteriores al que marca la tabla se conocen como carencia y no se pagan.
¿Cuánto se cobra? Ejemplos de cálculo
La indemnización es el importe diario multiplicado por los días de ingreso cubiertos, con el tope anual. Estos ejemplos son ilustrativos y usan los importes de 100 € y 200 € al día del producto; lo que se cobre en un caso real depende de la póliza y del informe médico.
- Ejemplo 1. Accidente de tráfico, 6 días ingresado, 200 € al día. En tráfico se cobra desde el primer día: 6 × 200 € = 1.200 €.
- Ejemplo 2. Accidente de tráfico, 40 días ingresado, 100 € al día. El tope es de 30 días al año: 30 × 100 € = 3.000 €.
- Ejemplo 3. Caída en una rodada en circuito, 10 días ingresado. En circuito se cobra a partir del día 15 de ingreso, así que este ingreso no genera indemnización. Si ruedas en circuito, conviene valorar también un seguro de accidentes para pilotos en circuito.
¿A quién le interesa este seguro?
Sobre todo a quien deja de ingresar dinero si pasa días en el hospital, como un autónomo que no puede facturar mientras está ingresado. También lo contratan muchos usuarios que ruedan en coche o moto en circuito, teniendo en cuenta que en ese caso la indemnización se cobra a partir del día 15 de ingreso.
¿Qué no cubre el seguro de indemnización diaria?
No cubre los gastos sanitarios ni los días que no son de ingreso hospitalario. En concreto:
- La factura del hospital o del tratamiento. No es un seguro de salud: paga una cantidad por día, no la asistencia. Lo explicamos en el seguro de indemnización hospitalaria no es un seguro de salud; para la asistencia privada está el seguro de salud.
- Los ingresos por enfermedad, porque la cobertura es por accidente.
- La atención en urgencias sin ingreso y los días de reposo en casa después del alta.
- Los días de carencia según el tipo de accidente, y los que superan el máximo de 30 días al año.
- Las exclusiones de la póliza. Revisa las condiciones generales antes de contratar.
Qué tipos de accidente entran y cuáles no lo detallamos en qué accidentes cubre el seguro de indemnización hospitalaria, y el caso concreto de tráfico en indemnización hospitalaria por accidente de tráfico.
¿Cómo se reclama la indemnización y en qué plazos?
Se comunica el siniestro en un máximo de siete días y se envía la documentación del ingreso y del alta. Paso a paso:
- Avisa del accidente. La Ley de Contrato de Seguro obliga a comunicar el siniestro a la aseguradora en un plazo máximo de siete días desde que lo conoces, salvo que la póliza fije un plazo más amplio (art. 16 de la Ley 50/1980). Puedes hacerlo a través de inXur.
- Reúne la documentación: informe médico con las circunstancias del accidente, fechas de ingreso y de alta, DNI o NIE del asegurado y número de cuenta para el pago.
- Envíala cuando conozcas los días de ingreso. En un ingreso largo puedes reclamar primero los días ya transcurridos y comunicar el alta después para cobrar el resto.
- Cobra por transferencia. Por ley, la aseguradora debe pagar al menos el importe mínimo que pueda deber en los 40 días siguientes a recibir la declaración del siniestro (art. 18 de la Ley 50/1980).
El procedimiento completo, con la dirección a la que enviar la documentación, está en siniestros y protocolos de actuación del seguro de indemnización por hospitalización.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la renta diaria por hospitalización?
Es otro nombre del mismo seguro: también se llama subsidio o indemnización diaria por hospitalización. En todos los casos se trata de una cantidad fija por cada día de ingreso cubierto, que cobra el asegurado y que no depende de lo que cueste la asistencia sanitaria.
¿Qué pasa si el ingreso dura más de 30 días?
Se cobran como máximo 30 días al año. Con 100 € al día, por ejemplo, el tope anual es de 3.000 €, aunque el ingreso se alargue más.
¿Cubre un ingreso en el extranjero?
Sí, el seguro de indemnización por hospitalización de inXur cubre también la hospitalización fuera de España. Guarda los informes médicos y las fechas de ingreso y alta para reclamar.
¿Cuándo hay que avisar a la aseguradora?
En los siete días siguientes a conocer el siniestro, salvo que tu póliza dé más plazo (art. 16 de la Ley de Contrato de Seguro). Puedes avisar mientras sigues ingresado y enviar después el informe de alta.
Si quieres ver las opciones de importe y carencia, y contratar, entra en el seguro de indemnización por hospitalización. Para dudas, llámanos al 911 982 330 de lunes a viernes de 9.30 a 18.30 o escríbenos a clientes@inxur.com. inXur es la marca de Plug Brokers SL, correduría de seguros inscrita en la DGSFP con la clave J3114.
Fuentes
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, artículos 16 y 18. Consultado en octubre de 2026.
- inXur. Condiciones del seguro de indemnización por hospitalización (importes, días desde los que se cobra y máximo anual). Consultado en octubre de 2026.