La indemnización por fallecimiento del seguro de accidentes de convenio es el capital que la aseguradora paga a los beneficiarios de un trabajador que muere por un accidente laboral, incluido el que sufre al ir o volver del trabajo si la póliza lo cubre. La cuantía la fija cada convenio colectivo y se cobra además de las prestaciones de la Seguridad Social.
El seguro de accidentes de convenio lo contrata la empresa cuando su convenio colectivo la obliga a cubrir a la plantilla frente a accidentes. Las garantías y los capitales mínimos los marca el propio convenio.
¿Qué es la indemnización por fallecimiento en accidente en el seguro de convenio?
La indemnización por fallecimiento en accidente es una prestación económica que garantiza que los familiares o beneficiarios de un trabajador fallecido en un accidente laboral reciban una compensación económica.
Esta indemnización tiene como objetivo proteger económicamente a la familia del trabajador y ayudarles a afrontar la pérdida, cubriendo posibles gastos y brindando estabilidad en un momento difícil.
¿Cuándo se aplica esta cobertura?
Para que esta indemnización sea aplicable, el fallecimiento del trabajador debe cumplir ciertas condiciones:
- Accidente laboral: El fallecimiento debe haber ocurrido durante el ejercicio de la actividad laboral o en el trayecto de ida o vuelta al trabajo (accidente in itinere, que el artículo 156.2.a de la Ley General de la Seguridad Social considera accidente de trabajo). Comprueba en tu convenio y en la póliza si el accidente in itinere está incluido.
- Relación directa con el accidente: La causa del fallecimiento debe ser consecuencia del accidente laboral.
- Cobertura dentro del convenio: El accidente debe estar cubierto dentro de los términos del seguro de convenio colectivo del sector correspondiente.
¿Quiénes son los beneficiarios de la indemnización?
Los beneficiarios de la indemnización por fallecimiento en accidente pueden variar según lo establecido en el convenio colectivo y en la póliza de seguro, pero generalmente incluyen:
- Cónyuge o pareja de hecho: Recibe la indemnización si estaba legalmente reconocido.
- Hijos o descendientes: Si el trabajador tenía hijos, la indemnización suele destinarse a ellos en partes iguales.
- Padres o ascendientes: En caso de que el trabajador no tuviera pareja ni hijos, los padres pueden ser beneficiarios.
- Otros herederos legales: Si no hay familiares directos, la indemnización puede destinarse a los herederos designados en el testamento o en la ley de sucesiones.
Importante: La designación de beneficiarios puede variar en función del convenio colectivo y del seguro contratado. Es recomendable revisar la póliza y actualizar los datos de los beneficiarios cuando sea necesario.
¿Cuánto se indemniza en caso de fallecimiento en accidente laboral?
El importe de la indemnización depende de varios factores:
- Convenio colectivo: Cada sector establece en su convenio la cuantía de la indemnización a percibir.
- Salario del trabajador: En algunos casos, la indemnización se calcula como un múltiplo del salario anual del trabajador.
- Condiciones del seguro: Algunas pólizas pueden incluir mejoras en la indemnización según lo pactado con la aseguradora.
Ejemplo (supuesto ilustrativo, no corresponde a ningún convenio concreto): si un convenio fijara la indemnización por fallecimiento en dos anualidades de salario y el trabajador cobrara 30.000 € al año, los beneficiarios recibirían 60.000 €. Si el convenio fija una cantidad cerrada, se cobra esa cantidad con independencia del salario. La cifra exacta figura en el texto de tu convenio colectivo y en el certificado de la póliza.
Diferencias entre la indemnización por fallecimiento en el seguro de convenio y otras compensaciones
Existen diferentes formas de compensación en caso de fallecimiento de un trabajador, y es importante diferenciarlas:
| Concepto | ¿Quién lo paga? | ¿Cuándo se aplica? | ¿Es compatible con otras indemnizaciones? |
|---|---|---|---|
| Seguro de accidentes de convenio | Aseguradora contratada por la empresa | Fallecimiento por accidente laboral | Sí, se puede sumar a otras compensaciones |
| Indemnización especial a tanto alzado | Seguridad Social | Fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional | Sí, es independiente de la póliza privada |
| Pensión de viudedad u orfandad | Seguridad Social | Fallecimiento de un trabajador en activo o pensionista | Sí, si se cumplen los requisitos legales |
Importante: La indemnización del seguro de convenio es una cantidad adicional que no excluye otras prestaciones que puedan corresponder por ley. La Seguridad Social incluye entre sus prestaciones por muerte y supervivencia el auxilio de defunción, la pensión de viudedad, la de orfandad, las prestaciones a favor de familiares y la indemnización especial a tanto alzado (Seguridad Social, esquema de prestaciones por muerte y supervivencia).
¿Qué hay que hacer para cobrar la indemnización?
- Pide a la empresa el nombre de la aseguradora y el número de la póliza colectiva de convenio.
- Comunica el fallecimiento a la aseguradora cuanto antes y solicita la lista de documentos que exige su póliza.
- Reúne la documentación que suelen pedir: certificado de defunción, documentación del accidente y la que acredite tu condición de beneficiario o de heredero.
- Revisa en el convenio la cuantía pactada y compárala con la que te comunique la aseguradora.
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Fuentes
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Real Decreto Legislativo 8/2015, texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, artículo 156.2.a. Consultado en octubre de 2026.
- Seguridad Social, Esquema de prestaciones por muerte y supervivencia. Consultado en octubre de 2026.