Instalar placas solares en comunidades de vecinos se está convirtiendo en una opción cada vez más habitual. Pero, para ello, es importante conocer la normativa para instalar placas solares en tu comunidad de vecinos y en este artículo te contaremos exactamente en qué consiste y todo lo que debes tener en cuenta.
Normativa para instalar placas solares en comunidades
Si buscáis mejorar la eficiencia energética y la sostenibilidad, tu comunidad de vecinos puede acordar instalar placas solares. En este artículo exploraremos la normativa para instalar placas solares en comunidades de vecinos, conociendo todos los aspectos legales en el marco de la Ley de Propiedad Horizontal.
Las placas que van en la cubierta o en otros elementos comunes son una instalación de la comunidad y necesitan acuerdo de la junta, como vemos más abajo. Si un propietario quiere modificar las instalaciones de su propio piso o local, el artículo 7.1 de la Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal se lo permite siempre que no menoscabe ni altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, ni perjudique los derechos de otro propietario, y debe informar antes a quien represente a la comunidad. En el resto del inmueble no puede hacer ninguna alteración por su cuenta.
Además, antes de empezar conviene preguntar en el ayuntamiento qué licencia o comunicación previa pide para la obra en vuestro municipio.
Nuestra recomendación como corredores: encargad el diseño y el montaje a una empresa instaladora profesional y guardad la documentación técnica y las facturas de la instalación. Si algún día hay un siniestro, os ayudará a acreditar qué se instaló y cuándo.
Aprobación por la Junta de Propietarios
Si las placas van en la cubierta u otro elemento común, la instalación necesita un acuerdo de la junta de propietarios, pero no hace falta unanimidad. El artículo 17.1 de la Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal permite acordar la instalación de sistemas comunes o privativos de aprovechamiento de energías renovables, a petición de cualquier propietario, con el voto de un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. La comunidad no puede repercutir el coste de esa instalación a los propietarios que no hayan votado a favor del acuerdo.
¿Por qué necesito un seguro de paneles solares?
Después de haber hecho una inversión importante para instalar tu placa o panel solar como particular, seguro que no quieres que sufra daños y que te cueste más dinero aún arreglarla o reponerla. No te preocupes, tenemos la solución.
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1. Daños a la placa solar
Daños por agua, eléctricos, por robo o vandalismo, por incendio o explosión y por impacto de objetos.
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Si los técnicos cometen errores a la hora de instalar tu placa solar, nuestra póliza también te cubrirá.
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Daños producidos por fenómenos naturales como el granizo o el corrimiento de tierras también están amparados en la póliza.
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Fuentes
- Jefatura del Estado. Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, texto consolidado del BOE, artículos 7.1 y 17.1 (consultado en octubre de 2026).