Sustitución de una persona por otra, que ejercitará los derechos y acciones de la primera. La aseguradora puede sustituir al asegurado en el ejercicio de sus derechos frente a terceros. El asegurado recibe la indemnización por parte de su aseguradora y ésta reclama legalmente al responsable del siniestro la cantidad que le ha pagado al asegurado.